10 años después
Al término de los 10 años de vigencia de la Constitución Polìtica del Estado que se promulgó el 7 de febrero de 2009, corresponde analizar sus disposiciones.
El artículo 1° expresa que Bolivia se constituye en Estado Unitario Plurinacional. Todos los Estados del mundo son multiétnicos y plurinacionales. No hay necesidad de que tal realidad figure en una Constitución. Esa declaración no modifica la tradicional denominación de “República de Bolivia” que se mantiene inalterable por disposición de lo expuesto en el artículo 11.
Según los artículos 2° y 3° se garantiza el autogobierno a naciones y pueblos indígena-originario-campesinos. Ello implica intención de establecer el régimen federal en reemplazo del unitario establecido en el artículo 1º.
El artículo 4° declara que el Estado garantiza libertad de cultos. El sentimiento religioso es derecho humano protegido por la Constitución y debe depender de un Ministerio de Derechos Humanos, no ser anexo al Ministerio de Relaciones Exteriores.
El artículo 5 inserta 40 lenguas que se hablan en el país, y expresa que los funcionarios públicos deben utilizar al menos dos de esos idiomas. La decisión de hablar otro idioma es necesidad personal imperiosa de comunicación. No debe ser obligatoria.
Los artículos 7 al 10 tienen como contenido principios, fines y valores del Estado. Los de orden ético son propios de otras disciplinas, y el calificado como “descolonización” es posición ideológica.
Los derechos fundamentales protegidos por la Constitución están en los artículos 13 al 107. Constituye un gran avance la inclusión de algunos que no figuran en las 19 versiones anteriores de la Constitución.
Los artículos 109 al 124 hacen referencia a garantías jurisdiccionales. Se destaca la expuesta en el artículo 110, según el cual las personas que vulneren derechos constitucionales quedan sujetas a la competencia jurisdiccional. No exceptúa a funcionarios de los Órganos Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Electoral ni a sus subalternos del Ministerio Público y el Defensor del Pueblo.
El autor es abogado
Columnas de JOSÉ LUIS BAPTISTA MORALES