Tiquipaya y Colcapirhua se disputan zonas con sobreposición en el límite
El conflicto de límites entre los municipios de Colcapirhua y Tiquipaya se agrava cada vez más. A la fecha, se llegaron a más de cinco acuerdos, uno con la mediación de la Federación Única de Trabajadores Campesinos y los otros con la Gobernación, pero ninguno se cumple.
¿Cuál es el fondo del problema? Consultamos a vecinos y autoridades, las respuestas apuntan a que existe la intención, por parte de ambos, de apoderarse de espacios donde hay sobreposición de límites. A eso se sumaría la existencia de terrenos en la franja que divide a ambos municipios, la captación de más recursos de impuestos y el censo.
Actualmente, con excepción de la comunidad de Callajchullpa, que tiene tres personerías (de Quillacollo, Colcapirhua y Tiquipaya), toda la franja conformada por las comunidades Rumi Mayu, Sirpita, Cuatro Esquinas y Villa Fátima se halla en conflicto.
Colcapirhua
De acuerdo con el asesor legal de la Alcaldía de Colcapirhua, John Paul Albornoz Jiménez, a diferencia de Tiquipaya, cuentan con la Resolución M100/2018 del Viceministerio de Autonomías.
“Nosotros tenemos la legalidad. A partir de los límites que ha interpuesto el IGM (Instituto Geográfico Militar), se ha emitido la Resolución 100/2028”, sostuvo.
El encargado de Límites de Colcapirhua, Cesar Arébalo Tapia, respondió a Tiquipaya asegurando que las comunidades se pueden dividir, como es el caso de Callajchullpa.
“Hay intereses de lotear y urbanizar sin la aplicación de normativas. La Resolución 100/2018, nos da la potestad de administrar el territorio y hacer planes y proyectos (…). Debo señalar que hay terrenos en el lugar, los intereses de Tiquipaya son esos terrenos. Ahí vive la familia del concejal Quinteros. Dos concejales de Tiquipaya viven en la jurisdicción administrativa de Colcapirhua”, dijo Arébalo.
El concejal José Quinteros dijo que sí vive en el Distrito 6, pero que los terrenos no son todos de propiedad de su familia.
“El conflicto es por el interés que tiene Colcapirhua en esa área que tiene Tiquipaya. Son terrenos de grandes extensiones (…) y, en algún momento, van a ser urbanizados y eso va a generar plusvalía. Para nosotros, ese lugar es Sirpita, es Tiquipaya”, afirmó.
Tiquipaya
El asesor de Límites de la Alcaldía de Tiquipaya, Gonzalo Maceda, aseguró que ninguna ley de creación de municipios define límites.
“Todo lo que se maneja es referencial. Los problemas de límites no han sido resueltos hasta el momento, por ninguna ley, ni por la Gobernación, ni mucho menos por la Ley 339 de Unidades Territoriales. El IGM no define límites, la delimitación que hizo Colcapirhua es referencial. Además, no cuenta con antecedentes históricos y legales”, insistió.
El asesor legal de Tiquipaya, Nelson López, explicó que el Viceministerio aprobó para Colcapirhua la Resolución 100/2018 sin considerar que este espacio también estaba homologado por Tiquipaya.
“La Resolución 100 a la que hace referencia Colcapirhua nace de la Ley 147, aprobada por el Concejo Municipal de Colcapirhua, que decide hasta dónde va a ser su territorio sin respetar la voluntad del soberano como dice la Constitución Política del Estado, y eso fue presentado al Viceministerio de Autonomías”, indicó.
Desde el municipio de Tiquipaya, señalaron que también hay una ley municipal de ampliación de la mancha urbana. Esta no toma en cuenta el territorio que está por debajo de la avenida 23 de Septiembre, por ser una franja que falta delimitar, tal como establece la Ley 247, que prohíbe hacer ampliaciones de áreas urbanas en territorio en sobreposición.
Gobernación
La Dirección de Límites de la Gobernación de Cochabamba atiende un proceso administrativo de delimitación a solicitud de Colcapirhua a través de la Ley 339.
Según el director de Límites, Ángel Pinto, el proceso en curso es por toda la colindancia con Tiquipaya.
“Este proceso se halla en etapa inicial y la ley establece que se deben agotar tres etapas: el inicio, la ejecución en campo y la fase final. Se ha notificado a Tiquipaya que ha presentado Colcapirhua, Tiquipaya tenía un plazo de 25 días para pronunciarse y así lo hizo. Realizó observaciones a la propuesta de Colcapirhua”, informó.
El director de Límites aseguró que sólo son conciliadores y no emiten ninguna resolución definiendo límites. En caso de que las partes no quieran conciliar se firma un acta que fija dos caminos.
“En áreas de sobreposición, donde no hay habitantes, o sea en terrenos baldíos, la ley establece que las partes deben acudir al Tribunal Supremo de Justicia, pero en áreas donde existe población, la Constitución Política del Estado señala que se debe dirimir en un referendo en la que la decisión lo tomarán los habitantes de manera democrática”, añadió.