Pese a la sentencia del TCP, Evo afirma que sigue habilitado como candidato
Dos días después de la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional que afirma que la reelección indefinida no es un derecho humano, el expresidente del Estado y actual líder del MAS, Evo Morales, afirmó que se mantiene como candidato a la Presidencia de las elecciones generales 2025 y restó legalidad al fallo que ha desatado una tormenta política en Bolivia.
"Evo sigue habilitado, esa es mi interpretación, ni la comisión política de Estado ni la opinión consultiva establece ninguna limitación para la reelección discontinua", señaló Morales este domingo en radio Kausachun Coca
Según el exmandatario, en la historia democrática de Bolivia "nunca ha existido limitaciones para reelección discontinua" y recalcó que la resolución del TCP es sobre "libertad de expresión" y que habla de reelección en la "parte considerativa" de la resolución y no así en la "resolutiva".
"Evo sigue habilitado como candidato a presidente, intentarán, qué más harán todavía, hay que estar atentos, pero es una intencionalidad y crear confusión y susceptibilidad", indicó el ex mandatario.
La sentencia constitucional establece que en Bolivia el presidente y vicepresidente sólo pueden ser elegidos y ejercer su mandato por dos periodos, ya sean continuos o discontinuos, y que la reelección indefinida no existe y no es un derecho humano.
El TCP se acogió a una resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2021, en la que dicha corte refutó el argumento de Evo Morales y estableció que la reelección presidencial indefinida no es un derecho humano.
El abogado Luis Vasquez Villamor señaló que la sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional sobre un amparo constitucional ha definido el control de convencionalidad en relación a la reelección indefinida y estableció que no es un derecho humano, a partir de la convención interamericana de derechos humanos.
"Cualquier candidato, puede ser Evo Morales o cualquiera otra persona que haya estado dos períodos continuos o discontinuos en el ejercicio del gobierno, no puede volver a presentarse como candidato. Eso es lo que dice la Sentencia 1010; no dice nada específicamente sobre algún nombre sino al dictarse está generando un principio de desarrollo normativo que forma parte de la Convención y de la Constitución boliviana generando un efecto claro con respecto a este tema", declaró el abogado Vásquez.