Las personas naturales pueden comprar el bono BCB sólo hasta 50 mil dólares
Las personas naturales con capital en el país sólo pueden comprar el Bono BCB en dólares hasta un máximo de 50 mil dólares; pero en el caso de quienes tengan dinero en el exterior, lo mismo que las empresas u otro tipo de personas jurídicas, no existe límite, según las condiciones establecidas por el Banco Central de Bolivia, informó su presidente interino, Edwin Rojas Ulo.
Indicó que el emisor tiene la solvencia necesaria para pagar los intereses y devolver el capital invertido en la misma moneda (dólares) a aquellas personas que decidan adquirir el Bono BCB, que comenzó a emitirse desde el pasado martes.
Mencionó que prueba de esa solvencia es la venta de bonos que realizó el BCB desde hace varios años por un valor de 13.129 millones de bolivianos, pagó más de 600 millones de bolivianos en intereses con tasas “bastante atractivas” y con ello benefició a 328.273 personas.
Rojas aseguró que el Bono BCB en dólares es una alternativa confiable, rentable y segura de inversión que ofrece el ente emisor buscando promover la circulación de recursos en divisa estadounidense en beneficio de la población en general y de las empresas privadas no financieras.
Beneficios del bono
Recordó que entre los beneficios del bono están:
- No paga el Impuesto a las Transferencias Financieras (ITF).
- Devolución del capital y pago de intereses en dólares estadounidenses a partir de la decena.
- Ofrece atractivos intereses en comparación a otros instrumentos del sistema financiero.
- No tiene límite de compra para personas jurídicas y naturales con capital en el exterior.
Requisitos
Las personas naturales, para comprar el Bono BCB, deben presentar cédula de identidad vigente, más una fotocopia; ser mayores de 18 años, y realizar el depósito en efectivo en el BCB o en cualquiera de las entidades financieras habilitadas.
Mientras que las personas jurídicas deben presentar una carta de solicitud de compra de bonos del BCB adjuntando original y copia del NIT; original y copia de la matrícula de inscripción vigente en el Registro de Comercio; original y copia del estatuto, escritura o testimonio de constitución social, según corresponda; original y copia del balance general y el estado de resultados del último periodo que fue presentado al SIN, y original y copia del poder del representante legal y de su cédula de identidad.