Democracia, límites y federalismo
Este mes de octubre, como varios de nuestra historia moderna, hay hechos políticos decisivos. La semana pasada hubo un multitudinario cabildo en Santa Cruz y estamos ad portas de las elecciones más importantes desde 1982, cuando inauguramos el actual ciclo de la democracia.
El signo más importante del cabildo citado es su declaración contra el irrespeto del 21F, el referéndum del 2016 que ratificó la vigencia del Art. 168 constitucional que limita la reelección del Presidente y Vicepresidente a una única vez. Este tipo de limitación existe en la gran mayoría de los regímenes presidencialistas porque el jefe de gobierno es también jefe de Estado y, por ello, la posibilidad de concentrar poder. Los estados modernos, que nacen contra la vigencia de monarquías casi todas absolutistas eran, obvio decirlo, de alto poder concentrado en esa figura, la monárquica. Vale la pena referirnos a otro de los puntos que también se destacó, el federalismo.
En los Estados Unidos, inventores del presidencialismo, también nace con el federalismo como tecnología política para que los nacientes 13 estados (colonias hasta entonces) que se constituyen como una unión, precisamente federal, para limitar el encargado del poder ejecutivo, el más actuante de los tres enunciados por Monstequieu recordando el diseño aristotélico en su ejercicio para plantear la “república constituída rectamente”, la politeia.
Es verdad que hasta mediados del siglo XX no había límites a la reelección allí, porque otros dispositivos fueron suficientemente eficientes, pero finalmente lo consignaron como única reelección. Y antes de la constitución estadounidense, figuras tan importantes del pensamiento moderno como Rousseau y Kant ya postularon al federalismo como recurso republicano de control del poder político. Proudhon, desde una vertiente libertaria, le llegó a influir en Andrés Ibañez en el siglo XIX, por estas latitudes.
En cambio, algunos estados de América Latina, aunque tienen federalismo (Brasil, Argentina, Venezuela, México) éste no ha sido suficiente para limitar el poder, y como el resto de la región comparten el rasgo centralista. El caso mexicano es paradigmático pues se necesitó una revolución social que duró 10 años para instalar definitivamente la no reelección. Así, los arreglos institucionales deben estar en consonancia con los sentires de la sociedad y crear un círculo virtuoso para que sean eficientes. Y eso nos lleva a las reticencias con las que este tema se ha esquivado en el último siglo en nuestro país. Comprensiblemente, fue bandera de los departamentos que en su momento competían al centralismo: siglo XIX, La Paz y Cochabamba vs. Chuquisaca y en el XX, sobre todo, Santa Cruz a La Paz. Dos datos fuertes de esos procesos, reforzaron el regionalismo y el centralismo.
Ya en el ciclo democrático que todavía vivimos, la participación popular fue la medida más descentralizadora en lo municipal y las autonomías departamentales como se las concibió y sobre todo se las practicó en este régimen, resultaron altamente frustrantes. Por eso y porque ha vuelto con vigor la tentación prorroguista, de la mano del caudillo y sus adláteres, no podemos descartar el horizonte federalista en el debate democrático, a condición de que la diversidad y la solidaridad sean los componentes decisivos de un nuevo pacto territorial de la nación boliviana.
El autor es politólogo, doctor en ciencias del desarrollo
Columnas de GONZALO ROJAS ORTUSTE