Muerte civil a los deudores
¿Es una falta grave el incumplimiento de la asistencia familiar? Sí. Es una obligación legal de interés social para garantizar la alimentación, salud, educación, vivienda, recreación y vestimenta de los beneficiarios —según el parágrafo I del Art. 109 del Código de las Familias— los cuales están taxativamente señalados por el Art. 112 del mismo Código.
La drasticidad de las medidas coactivas previstas para su efectivización por el Art. 127 del mismo cuerpo legal: apremio corporal por hasta seis meses e hipoteca legal de bienes del deudor, da cuenta de la fundada relevancia de esta cuestión.
¿Qué le lleva a un hombre a incumplir sus obligaciones de asistencia familiar fijadas por resolución judicial, sabiendo que en tal caso puede ir a parar con sus huesos a la cárcel? Digo hombre porque en la mayoría de casos relativos a esta obligación, quien la incumple es un sujeto de sexo masculino. Asunto complejo, de varias causas. En una primera aproximación, se vislumbran entre ellas desde la más simple y terrible, la falta de dinero, indicador de la pobreza (asociada a otra red causal no pertinente analizar aquí), hasta la maldad, “mal natural”, rasgo invencible de seres destacados por su tendencia en contra de lo bueno, como dirían mi madre y sus hermanas. En otras palabras y síntesis apretada, quienes caen en este incumplimiento son:
- Los insolventes, sin empleo o con empleo precario de insuficiente rédito económico en cantidad y sostenibilidad; además, personas sin conocimiento de la opción de rebaja del monto fijado judicialmente, o desanimados de intentarla por la retardación de justicia.
- Los irresponsables, que olvidan con frecuencia lo que deben hacer y el plazo para hacerlo, y a veces ni toman nota de si lo hacen o no, careciendo de recibos de lo que pagan, cuando pagan.
- Los malos tipos que disfrutan dañando y viendo a otros llorar y suplicar ante ellos, saboreando el poder del dinero o de su influencia política, sabiéndose impunes. Son los de “yo le meto nomás”, impregnados de un machismo con hedor a larga distancia. Incluyen a los despechados, decididos a vengarse de sus “ex” a través de todos los medios por atreverse a romper su relación con ellos y quedarse en libertad de vivir como y con quien deseen.
Con relación a esta problemática, se ha difundido un proyecto de ley del Ministerio de Justicia y Transparencia destinado a “ejecutar medidas más estrictas para que el pago de la asistencia familiar se realice como corresponde y no así con meses de retraso, como se observa en varios casos”, como publica La Razón el 21/08/2023. Entre tales medidas, no sustitutivas del apremio corporal (¿qué cosa más drástica que eso hay?), llaman la atención las siguientes:
- La restricción de acceso a un cargo público de cualquier órgano del Estado. No se refiere tan sólo a cargos jerárquicos, sino a todos: abarca desde la presidencia del Estado hasta la portería de una oficina pública cualquiera. En consecuencia, impedirá a la persona tener una remuneración fija a la cual aplicar el descuento permitido por ley para la satisfacción del pago de la asistencia familiar.
- La suspensión del trámite en cuanto a obligaciones registrables y notariales sobre compra y venta de bienes inmuebles o bienes muebles registrables y no registrables. Siendo el patrimonio de la persona la garantía de sus obligaciones, esta medida no sólo afecta la libertad de contratación del deudor de asistencia familiar, sino también la posible satisfacción de su deuda a través de la disposición del bien por decisión judicial.
- La exclusión de planes, programas y proyectos sociales públicos a quienes estén registrados en el Registro Nacional de Asistencia Familiar (Renaf), atentando contra el principio de igualdad de las personas.
- La inclusión de la información en el Renaf para la evaluación de otorgación de créditos en las entidades financieras, equivalente a condenarle a no acceder a fondos que podrían sostener su solvencia financiera, de manera que pueda cumplir su deber familiar.
- La imposibilidad de contraer matrimonio hasta el pago de la deuda de asistencia familiar, medida extorsiva que vulnera la libertad personal.
Es un misterio cómo tales medidas lograrán el objetivo al que apuntan. Lo evidente es que significarán una muerte civil para los deudores de asistencia familiar si el proyecto es aprobado, lo cual es muy posible dada la reiterada coincidencia en esta materia entre representantes del MAS y CC, hermanados en un discurso que atribuye a los hombres una maldad invencible, producto del capitalismo machista patriarcal colonialista y neoliberal.
Que los obligados paguen, como mejor puedan, es mi deseo. Para los otros hombres aún sin hijos, desempolvo el principio de “paternidad responsable” recordándoles la existencia del condón y, mejor aún, alentándoles a hacerse una vasectomía para evitarse problemas en este contexto de “sexo, coca machucada y maroyu”. En caso extremo y para alegría de los posmodernos, tal vez deberían pensar seriamente en volverse homosexuales.
La autora es abogada
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