Industrialización y desarrollo
Este artículo es la segunda parte del publicado en este mismo medio el 25/08/2023 con el título “Gestión Pública e Industrialización”, incorporando elementos que no fueron expuestos por razones de espacio y que son importantes para completar la opinión planteada.
La industrialización es el factor más importante del proceso de desarrollo, a tal punto que se la identifica como sinónimo del mismo.
Sin embargo, para su mejor comprensión, debe ser abordado en el marco del Plan de Ordenamiento Territorial que es el que optimiza el uso del espacio físico, mejora la eficiencia del uso de los recursos y vela por la cobertura de la infraestructura y el equipamiento.
Asimismo, debe ser abordado en el marco del desarrollo sostenible y ambos en un contexto mayor que es la economía mixta con mayor o menor intervención estatal, según el enfoque que se tenga del papel del Estado en el proceso de desarrollo.
Lo anterior significa que, en este gobierno y los próximos, para el diseño e implementación de un proceso estratégico de desarrollo o visión de largo plazo, así como los objetivos, políticas y planes para efectivizar el mismo de manera que trascienda la simple demagogia o discurso, deberán en primer lugar mejorar la calidad del sector público, reconstruyendo su institucionalidad con peso técnico hoy tan venida a menos por la generalizada desinstitucionalización. Se deberá dotar de eficiencia a la planificación, que ha adquirido niveles de complejidad y amplitud que permitirían otorgar racionalidad a la acción del Estado.
Estas funciones están constitucionalizadas (Art. 316 de la Constitución Política del Estado) para asignar eficientemente los recursos escasos en las mejores alternativas de inversión y con el mayor impacto, hecho que en la actualidad no tiene lugar. Lamentablemente tampoco hay señales que se vaya a dar en el futuro, pese a que requerimos urgentemente encauzar un proceso racional y serio de desarrollo sostenible para salir del modelo primario exportador y del atraso en el que nos encontramos.
Esto supone, además, encarar y superar retos que la planificación en el país enfrenta en la actualidad y poder promover el desarrollo. El Ministerio de Planificación del Desarrollo, instancia responsable del proceso de planificación y órgano rector (Art. 7 de la Ley Nº 777 del Sistema de Planificación Integral del Estado, SPIE,), deberá constituir instancias y mecanismos de coordinación y consulta permanente que le permitan: conjugar y coordinar los esfuerzos y demandas más diversas de los diferentes sectores de la sociedad; mejorar sus procesos, procedimientos, instrumentos, presupuesto; realizar esfuerzos conjuntos en acopiar, actualizar y sistematizar información.
Por ejemplo, no se cuenta con información económica actualizada, los datos del sector agropecuario datan del año 2013 y solamente un par de municipios (La Paz 2010) han realizado un censo de actividades económicas.
También se deberá realizar seguimiento y evaluación de impacto y resultados de los planes de desarrollo, articular los objetivos definidos a nivel nacional y de los sectores (reto de la intersectorialidad), integrar plenamente los procesos de planificación que se realizan en los tres niveles del Estado (nacional, departamental y municipal) —lo que supone un reto de la multiescalaridad—, articular los planes de largo, mediano y corto plazo (reto de la pluritemporalidad), aspectos tratados actualmente de forma deficiente por el gobierno nacional y los gobiernos subnacionales, lo que no les permite cumplir con los objetivos de desarrollo.
Asimismo, se debe constituir instituciones de desarrollo científico-tecnológico entre los sectores público, privado y universidades, de manera que puedan transferir conocimiento al tejido productivo, generar mecanismos de retroalimentación, complementariedad y sinergias entre proyectos intergubernativos, así como con los empresarios locales y la sociedad civil.
Hasta ahora la planificación en el país se desarrolla de arriba hacia abajo, es decir del nivel nacional a los niveles subnacionales, bajo relaciones paternalistas, clientelares, con criterios centralistas, como refleja el párrafo 6 de la página 71 del Plan de Desarrollo Económico y Social (PDES) y el artículo 4 (Obligatoriedad) de la ley 1407; además, la ley del SPIE señala que del PDES se desprenden unidireccionalmente todos los planes de mediano plazo del Sistema de Planificación Integral del Estado y deben asumir obligatoriamente el enfoque político ideológico del señalado plan nacional.
Eso debe indudablemente cambiar.
Los Tiempos y la plataforma UNO promueven el debate, pero no comparten necesariamente los puntos de vista del autor.
Columnas de ÁNGEL ARTEAGA GONZALES