Fisuras educativas, cargos efímeros
Como es de conocimiento público, los viceministros de Educación invitaron a las Confederaciones de Maestros Rurales y Urbanos, para la socialización de la convocatoria de proceso de institucionalización de cargos.
La socialización inició el 15 de septiembre y se prolongó por una semana. El 24 se publicó la Convocatoria Pública 0001/2023 “.
Se ampara en la Constitución Política del Estado, la Ley 070 “Avelino Siñani – Elizardo Pérez” y el reglamento de Escalafón Nacional del Servicio de Educación. En ese marco, en sujeción al principio constitucional de igualdad de oportunidades, los maestros pueden postular a cargos directivos sin ninguna restricción, ni veto sindical, en cumplimiento al Decreto 514 y la Sentencia Constitucional 0638/2023, que prohíben la valoración de vetos. El proceso de institucionalización conlleva el desarrollo de varias actividades; inscripción de postulantes en mediante la página web, aplicación del examen de competencias, calificación de méritos, defensa del proyecto de gestión, presentación de apelaciones e impugnaciones, publicación de resultados y la posesión.
El objetivo del Ministerio de Educación, es claro, iniciar la próxima gestión con nuevas autoridades institucionalizadas, que cumplirán sus funciones durante tres años, siempre y cuando no incurran en faltas que determinen su suspensión.
Al respecto, se cree erróneamente que un determinado cargo institucionalizado gozaría de blindaje o fuero; al contrario, es pasible a suspensión o destitución previo proceso administrativo – disciplinario o penal.
Columnas de LUIS ALBERTO CALLAPINO LÓPEZ