Del censo al disenso
Bolivia volvió a aplazarse el 23 de marzo de 2024.
Pese a que el Instituto Nacional de Estadística (INE) nos explicó, con la claridad necesaria, que había que censarse donde se vive, miles y miles de personas metieron trampa, porque fueron a hacerse censar a sus lugares de origen.
Unos tuvieron motivos nobles: conscientes de que su tierra necesita más recursos, retornaron por unas horas y se censaron allá, pero la mayoría cedió a las presiones de sus autoridades o dirigentes que amenazaron con quitar tierras y cortar el acceso al agua u otros servicios e igual tuvieron que viajar.
La actitud de los segundos es la más cuestionable porque incluso es delictiva. ¿Acaso las autoridades y dirigentes son dueños de las tierras? ¿Son ellos los proveedores de servicios? Si hasta el poema/copla de Oscar Alfaro nos enseñó que no hay dueños “pa’l agua ni el aire”, pero aparecieron estos mañudos que, por una parte, cometieron el delito de amenazas, tipificado en el artículo 293 del Código Penal, y, por otra, los de coacción, usurpación de funciones, otros tipos de usurpación de funciones, otros tipos de usurpación, además de atribuirse los derechos del pueblo, un delito contra la seguridad del Estado.
Los que volvieron temporalmente a censarse a su tierra creen que lo hicieron bien, pero están equivocados. Si ellos viven en otro lugar, debieron censarse allí. Al hacerlo en su terruño, mintieron al país y eso es equivalente a proporcionar datos falsos en una declaración jurada de bienes o en una de veracidad.
En septiembre, los bolivianos sabremos preliminarmente cuántos habitantes tiene el país, pero fallarán los datos de cuántos viven en “X” lugares porque unos aparecerán con más pobladores de los que realmente tienen, en detrimento de otros. No es la primera vez que sucede y, por ello, el INE debió preverlo.
¿Qué se podía hacer? Pues asumir medidas administrativas de prevención. Así como se promulgó el Decreto Supremo 4824 que, violando la Constitución Política del Estado, dispone distribuir los recursos económicos de coparticipación tributaria “en base a resultados preliminares de población del Censo de Población y Vivienda – 2024”, se podía promulgar otro que limite el traslado de personas entre municipios horas antes del censo o bien que se emita certificados de censado para ser presentados en procesos administrativos.
Como no se hizo nada de eso, el censo dará paso al disenso. Los municipios con mayor población exigirán que se aplique el 4824 y los afectados por la migración plantearán otras medidas para mitigar el impacto de la redistribución. En Potosí, por ejemplo, la alcaldesa Mayra Churata ya ha propuesto modificar la distribución de los beneficios de las regalías mineras.
Nos vamos a pelear porque ni los impulsores de la actual Constitución entienden cómo funcionan las cosas. Si dije que el decreto 4824 viola la Carta Magna es porque esta establece, en su artículo 323, cuáles son los principios de la política fiscal y uno de ellos es la proporcionalidad.
Si se sigue distribuyendo el dinero de todos mediante criterios poblacionales que contienen elementos errados, estamos dando al país más motivos para enfrentarse.
El autor es Premio Nacional en Historia del Periodismo
Columnas de JUAN JOSÉ TORO MONTOYA