Bolivia hacia el futuro financiero: regulación de empresas de tecnología financiera
El pasado 7 de mayo de 2025, el Estado Plurinacional de Bolivia marcó un hito regulatorio con la promulgación del Decreto Supremo #5384, que reglamenta “la constitución y funcionamiento de empresas especializadas en la prestación de servicios con innovación tecnológica en el ámbito de servicios financieros, mercado de valores y seguros, denominadas Empresas de Tecnología Financiera – ETF” (sic).
Esta norma representa un avance fundamental en el marco jurídico boliviano, al abrir por primera vez un espacio legal para la implementación de modelos de negocio basados en innovación tecnológica en los sectores financiero, bursátil y de seguros.
Hasta ahora, el sistema boliviano había mantenido un enfoque tradicional, restringido principalmente a la banca y a operadores financieros autorizados, lo que colocaba a las fintech en una zona gris de legalidad o directamente en la informalidad. El Decreto 5384 reconoce por fin la realidad de un ecosistema que crece a nivel global, y lo incorpora bajo supervisión formal, brindando certeza jurídica para inversionistas, startups, desarrolladores de soluciones tecnológicas financieras y usuarios en general.
Un marco necesario, aunque impulsado por la urgencia
Este importante avance, sin embargo, no llega por convicción estratégica ni por un alineamiento proactivo con las mejores prácticas internacionales, sino más bien como reacción a un contexto de necesidad nacional. Bolivia ya ha demostrado este patrón en otras áreas: el teletrabajo surgió normativamente solo durante la pandemia; la electromovilidad se consolidó cuando la escasez de gasolina se convirtió en una amenaza estructural.
Hoy, ante la carencia de moneda extranjera e imposibilidad práctica de enviar dinero al extranjero, sumado a la presión por ampliar los servicios financieros, y la necesidad de encontrar nuevas vías para la inversión y el ahorro en medio de tensiones económicas, el Gobierno se ve obligado a abrir espacio a las ETF. Bienvenido sea el resultado, aunque la motivación haya sido la crisis y no la previsión.
Aspectos clave del Decreto #5384
El nuevo marco reconoce a las ETF como empresas (públicas, privadas o mixtas) que prestan servicios con innovación tecnológica en tres sectores clave: finanzas, mercado de valores y seguros. Define categorías operativas que habilitan una diversidad de modelos de negocio: Soluciones Blockchain, Activos Tokenizados, Activos Virtuales (criptomonedas, stablecoins, etc.), Plataformas de pago y financiamiento colectivo y Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
Se destaca igualmente la introducción del Entorno Controlado de Pruebas (ECP), también conocido como sandbox regulatorio, que permitirá probar tecnologías bajo supervisión directa de la ASFI, con condiciones reales pero controladas. Este enfoque es positivo y refleja modelos de vanguardia implementados en países con un desarrollo avanzado en el tema.
Además, se impone la necesidad de autorización expresa por parte de la ASFI para la constitución de estas empresas, y se prohíbe el uso de términos que puedan inducir a confusión con entidades financieras tradicionales sin licencia.
Gran reto: Evitar la sobreregulación
Si bien este Decreto abre la puerta al ecosistema fintech, aún no garantiza su desarrollo efectivo. La experiencia boliviana nos muestra que la reglamentación secundaria —a cargo de la ASFI y la APS en un plazo de 40 días hábiles— será clave para determinar si este nuevo sector florecerá, o si quedará atrapado en una red de requisitos excesivos, procesos lentos y trabas burocráticas.
Para atraer capitales, empresas tecnológicas y desarrollos globales, Bolivia debe evitar caer en soberregulación con criterios anacrónicos, como exigir presencia física, inversiones mínimas desproporcionadas o autorizaciones redundantes. La interoperabilidad internacional, la ciberseguridad, la fiscalidad racional y la confianza jurídica deben ser los pilares.
Más allá de lo financiero: una oportunidad transversal
La oportunidad que abre el Decreto #5384 no debe limitarse a las finanzas. El reconocimiento legal de tecnologías como blockchain, tokenización y activos digitales puede y debe extenderse a otros ámbitos donde Bolivia aún carece de soluciones modernas: registro de derechos reales, propiedad intelectual, sistemas notariales electrónicos, tokenización de activos e incluso procesos electorales digitales. La experiencia internacional demuestra que una arquitectura legal inclusiva para estas tecnologías puede transformar múltiples sectores simultáneamente, además de dar fluidez y transparencia en la relación con el Estado.
El autor es abogado, con especialización en Derecho Comercial e Informático
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