Disparidad de género en las elecciones subnacionales
La escasa presencia de mujeres en las primeras listas que las organizaciones políticas presentaron para participar en las elecciones subnacionales del 22 de marzo muestra que aún falta mucho a la cultura política en Bolivia de modo que no sea necesaria una ley que obligue a que ellas sean tan numerosas como loa hombres.
La Defensoría del Pueblo y organizaciones como Jubileo alertaron sobre el incumplimiento de la paridad de género en las nóminas de candidatos a autoridades políticas departamentales, municipales y de la región del Gran Chaco.
“La Defensoría del Pueblo, en su calidad de institución nacional de derechos humanos, manifiesta su profunda preocupación ante la escasa presentación de mujeres en las listas de candidaturas habilitadas para las Elecciones Subnacionales 2026. Tras un análisis de los datos oficiales publicados por el Órgano Electoral Plurinacional el 11 de enero del presente año, se evidenció una brecha que compromete los derechos políticos de las mujeres en el país”, comunicó esa institución.
Y también exhortó a los actores políticos a cumplir con la paridad de género y reducir la brecha entre candidatos varones y mujeres para los próximos comicios.
¿En qué medida se redujo la participación de las mujeres en las candidaturas subnacionales? Los datos del Tribunal Supremo Electoral dan cuenta de que un total de 74 candidaturas habilitadas para las gobernaciones, apenas ocho (10,81%) corresponden a mujeres, frente a 66 (89,19%) de varones.
Esta disparidad se replica en las postulaciones para las alcaldías de ciudades capitales, donde de 108 candidaturas, solo 10 (9,26%) son mujeres, en contraposición al 90,74% de candidatos varones habilitados para los espacios de decisión local. Las mujeres representan el 10% en las listas de candidatos con esa calidad.
Ante estas asimetrías y vulneración de los derechos políticos de las mujeres, el Tribunal Supremo Electoral recordó a las organizaciones políticas que deben cumplir con la paridad de género en la fase de sustitución de candidaturas que concluye en tres semanas, el 5 de febrero.
La participación política de las mujeres es una conquista social y está garantizada por la Constitución Política del Estado y la Ley No. 1096 para que exista equidad en el acceso a los cargos electivos con el fin de lograr mayor igualdad y una democracia más fortalecida.
La ausencia de mujeres en las listas de candidatos debe ser una alerta para que el Tribunal Electoral ejerza su rol de garante de los derechos políticos, pero también se deben generar mecanismos que apunten al ejercicio de la democracia interna en las organizaciones políticas.
De lo contrario, las listas serán sólo una formalidad y no la expresión genuina de la diversidad democrática.

















