Caso golpe II. Prevén que juicio ordinario contra Jeanine Áñez durará cinco meses

País
Publicado el 27/03/2022 a las 17h59
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Uno de los tres juicios en la vía ordinaria planteados contra la expresidenta Jeanine Áñez se inicia este lunes desde las 9:00. La defensa prevé que se demorará entre cuatro y cinco meses, y solicita que sea presencial. Además, planteará dos incidentes, pero espera que “concluya este proceso” para acudir a instancias internacionales. Se sostiene que el

Gobierno está determinado a ordinarizar las causas contra la exmandataria, muestra de ello es el caso instaurado por el denominado EBA.

“Se han presentado dos incidentes de actividad procesal defectuosa, pero ojo que en la audiencia puede presentarse más incidentes o de repente una excepción y deben ser presentadas de forma oral (...), pero nosotros hemos querido hacerlos de forma escrita para que se tenga una constancia el día de mañana, porque nuestro objetivo es obviamente llegar a instancias internacionales en el momento que corresponde y todo esto acabe”, aseguró el abogado Alain de Canedo, miembro del equipo jurídico de la expresidenta.

Procedimiento

De acuerdo con la economía jurídica del juicio oral y contradictorio, se iniciará con la presentación de incidentes y excepciones, continuará con la fundamentación de la acusación y luego de la defensa.

Procede con la declaración de cada uno de los acusados, y se espera que la primera sea la exmandataria Áñez, posteriormente viene la presentación de pruebas documentales, periciales, agotadas la presentación de pruebas, siguen los alegatos y sentencia.

Observadores

En este primer proceso ordinario penal que ingresa en la fase de juicio, se ha establecido la presencia y seguimiento de organismos internacionales para observar que se respete el debido proceso.

“Hemos solicitado y el Gobierno también lo ha aceptado, en sentido de que la oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas de La Paz va a participar de las audiencias, es una pequeña oficina de significativa importancia. Esta oficina hará el seguimiento, va a estar presente. Nos importa mucho, tiene su valía significativa”, señala el equipo de abogados de la expresidenta Áñez.

Presencial

La defensa de los involucrados en el caso golpe de Estado II ha demandado a la autoridad jurisdiccional que el juicio sea realizado de manera presencial, aspecto que fue requerido pero que no recibió una respuesta.

Según datos, es un tema amplio que se tiene que dilucidar, porque todas las partes, no sólo la expresidenta Jeanine Áñez, sino también los militares procesados, han solicitado que las audiencias sean presenciales.

La presencialidad está establecida en el principio de inmediación, es decir, que las partes estén físicamente presentes porque permite examinar a las partes y ver actitudes, entre otras razones, por lo tanto, garantiza transparencia y certeza en las decisiones que emite un tribunal.

Virtualidad

La defensa de la expresidenta transitoria sostiene que se mantendrá la virtualidad, toda vez que el Gobierno evitará que se presenten conflictos.

La defensa señala que se han autorizado los carnavales y retorno a clases, se han regularizado todas las actividades, menos las audiencias en materia judicial.

“En ocho de los nueve departamentos, las audiencias han retornado a la presencialidad; La Paz es la única que mantiene la virtualidad, y eso tiene nombre y apellido: Jeanine Áñez. No tiene sentido ni fundamento la virtualidad; pero no, lo llevan a cabo, el por qué es el traslado de Jeanine Áñez del centro penitenciario de Miraflores al tribunal de sentencia generaría obviamente una expectativa, buena, mala, y complicaría al Gobierno, por eso es que asumo que no van a permitir, por lo menos hasta que termine el juicio”, refiere de Canedo.

Duración

Por la complejidad del caso, se estima que el juicio dure por lo menos entre cuatro y cinco meses, toda vez que todas las partes presentarán su testigos, pruebas y otros.

En su momento, el ministro de Justicia, Iván Lima, expresó que espera que este año se tenga la sentencia respectiva.

En la oportunidad, manifestó que espera una condena de por lo menos de 12 años de privación de libertad, por el caso golpe II.

Procesos ordinarios

Pese a las prerrogativas que tiene la expresidenta Áñez de gozar de caso de corte o juicio de responsabilidades, el Ejecutivo en consonancia o coordinación con el Ministerio Público, la autoridad jurisdiccional y otras instancias promueven procesos en la justicia ordinaria.

Actualmente, Áñez tiene activados tres procesos ordinarios.

El primero es el denominado “golpe de Estado I”, por los presuntos delitos de “sedición, terrorismo y conspiración”.

El segundo caso es el de “golpe de Estado II”, que el juicio oral se inicia este lunes, por los delitos de resoluciones contrarias contra la Constitución y las leyes e incumplimiento de deberes.

La tercera demanda ordinaria es por la presunta designación irregular de Karina Fabiola Leiva Áñez de Ruiz como gerente de la Empresa Boliviana de Alimentos (EBA) en 2020. La imputación es por los tipos penales de nombramientos ilegales, resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, incumplimiento de deberes y anticipo o prolongación de funciones.

Detenciones preventivas

Por el caso “golpe de Estado I”, Áñez fue detenida preventivamente por cuatro meses desde marzo de 2021, pero que fue ampliado a seis meses, a los que finalmente se sumaron otros cinco meses, periodo que culminó el 13 de febrero de este año.

Por el caso desdoblado “golpe de Estado II”, en audiencia cautelar se le impuso otros seis meses de detención preventiva. En este caso está investigada por los hechos anteriores a su asunción como presidenta.

Por definir

En el caso EBA, en primera instancia, la jueza Claudia Castro determinó que el proceso se mantenga en jurisdicción ordinaria, decisión que fue apelada y considerada por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.

Esta instancia presentó una acción de inconstitucionalidad, que solicitó esclarecer si la Ley 044 de juicio de responsabilidades para presidente o vicepresidente del Estado se aplica a gobernantes que “no siguieron el procedimiento establecido en el texto constitucional” para llegar al cargo.

El auto constitucional de la Comisión de Admisión del TCP establece que “las autoridades que promueven la acción normativa (de inconstitucionalidad concreta)” tienen la labor exclusiva de “interpretar la legalidad ordinaria y establecer a quién ampara la norma cuestionada”.

El equipo de abogados de la expresidenta sostiene que el proceso debió llevarse en el ámbito del derecho administrativo, pero consideran que con esta imputación se busca “abrir esta puerta judicial” para que todos los procesos que se siguen en su contra sigan la vía ordinaria y no reciba un tratamiento especial como exmandataria.

“La firma de la resolución ya es dentro de lo que es el mandato, más allá de que sea o no inconstitucional, carece de relevancia, porque es dentro de su mandato y eso hace factible a que sea procesada en juicio de responsabilidades. En ese marco, también se presentó una excepción de incompetencia que ella no debe ser juzgada vía ordinaria, sino por juicio de responsabilidades”, señala el legista Canedo.

 

ARGUMENTOS DEL PROCESO POR EL CASO GOLPE II

REDACCIÓN CENTRAL

Junto con la expresidenta transitoria Jeanine Áñez, fueron acusados formalmente los principales jefes militares del momento en el que se produjo la renuncia de Evo Morales, entre ellos el excomandante de las Fuerzas Armadas Williams Kaliman, que se encuentra prófugo. Otros exjefes acusados están detenidos.

La Fiscalía plantea que, inmediatamente después de la salida de Morales del poder, y prescindiendo de una reunión de la Asamblea Legislativa, Áñez, que entonces era segunda vicepresidenta del Senado y la única política opositora con un cargo parlamentario importante, actuó como si fuera la encargada del país, prescindiendo de los procedimientos parlamentarios habituales cuando se da la renuncia de algún mandatario.

Según los acusadores, los militares transportaron a la entonces senadora en aviones y automóviles, y le dieron protección, como si ya fuera presidenta de Bolivia, y ella les ordenó salir a las calles a cuidar el orden público, que en ese momento se hallaba alterado por manifestaciones y estallidos de vandalismo.

Asimismo, la acusación, refiere que Áñez se “autoproclamó” gobernante del país en una reunión legislativa que no contaba con el quorum necesario. El Ministerio Público presentó al menos 70 pruebas y que ahora con esta acusación formal que se desarrollará en el juicio oral correspondiente.

La exmandataria está detenida desde marzo de este año por el caso “golpe de Estado I” en primera instancia, fue imputada por los delitos de sedición, conspiración y terrorismo. Posteriormente, la justicia la encarceló de manera preventiva por el caso “golpe de Estado II”, investigada por resoluciones contrarias a la Constitución e incumplimiento de deberes.

 

JUICIOS DE CORTE EN EL LEGISLATIVO

En tanto se activan los juicios ordinarios contra la expresidenta Jeanine Áñez, en la Asamblea Legislativa no se da luz verde a los juicios de responsabilidades que se encuentra en esta instancia, debido a diferencias políticas.

El primer caso se trata de la ampliación a Fundempresa de la concesión del servicio; el segundo se refiere al crédito del Fondo Monetario Internacional (FMI); otro es por la emisión del decreto 4200, y otro proceso por el cierre de fronteras.

 

DOS EXCOMANDANTES, A PROCESO ABREVIADO

REDACCIÓN CENTRAL

Los excomandantes Gonzalo Terceros, de la Fuerza Aérea Boliviana (FAB), y Palmiro Jarjuri, de la Armada Boliviana, fueron sentenciados a tres años de prisión en los penales de Patacamaya, La Paz, y Palmasola, Santa Cruz, respectivamente, luego de que aceptarán un juicio abreviado por el caso “golpe II”.

“Los representantes del Ministerio Público aceptan la solicitud de los dos imputados, de someterse a la salida alternativa del juicio oral, proponiendo someterse a procedimiento abreviado, admitiendo la culpabilidad por la comisión de los ilícitos de 153 (resoluciones contrarias a la Constitución y a las leyes) y 154 (incumplimiento de deberes) en grado de complicidad, con la imposición de condena sancionatoria de tres años de reclusión”, refiere la parte resolutiva de la sentencia.

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