TCP anula los decretos de ascenso en las FFAA emitidos por Áñez
Durante las últimas semanas, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) ha emitido una serie de resoluciones que dejan sin efecto alguna la normativa emitida por el gobierno transitorio de la expresidenta Jeanine Áñez. Ahora, esta institución declaró nulos los decretos que permitieron el ascenso en las Fuerzas Armadas (FFAA)
“Se concluye que las autoridades demandadas ‘Presidenta Transitoria del Estado Plurinacional de Bolivia’ y el ‘Consejo de Ministros’ que suscribieron el DS 4221, al decretar de forma inédita la imposición de grados y entrega de Bastones de Mando, Sables y Espadas al personal militar de las FFAA, a expensas de la ratificación por parte de la Cámara de Senadores, incurrieron en una potestad inexistente que no les fue asignada por la norma suprema ni las leyes”, refiere la parte resolutiva del documento del TCP.
Al respecto, el constitucionalista Franklin Gutiérrez, además de postulante a Defensor del Pueblo, en entrevista con el canal estatal señaló que la administración transitoria sobrepuso normas.
“Ese gobierno ha sobrepuesto un decreto supremo a una ley, lo cual desordena la vida jurídica en un sistema democrático. Por tanto, lo que ocasiona esto es agravar terriblemente la situación (…) judicial por la que está atravesando la señora Áñez”, señaló el legista.
El fallo, que se conoció en días pasados, es del 7 de mayo de 2021 y al parecer habría sido notificado a las partes diez meses después de firmado.
En ese contexto, los ascensos de Sergio Orellana Centellas, Pablo Guerra Camacho, Ciro Álvarez Guzmán y Moisés Mejía Heredia quedaron nulos.
La entonces presidenta del Senado, Eva Copa, presentó un recurso de nulidad en contra de Jeanine Áñez, quien fungía como presidenta transitoria, y su consejo de ministros, y demandó la nulidad del Decreto Supremo 4291 de 15 de julio de 2020. En parte de la demanda de nulidad señala una “flagrante usurpación de funciones por el Gobierno de facto (sic), que no le competían, puesto que mediante el DS 4291 determinó imponer grados y hacer la entrega de bastones de mando, sables y espadas, vulnerando expresamente el artículo 160.8 de la Constitución Política del Estado”.
Ahora las dos disposiciones, DS 4291 y DS 4306, fueron anuladas y los ascensos sin efecto a tenor del artículo 160, inciso 8, de la Constitución Política del Estado.
La carta magna establece que la Cámara de Senadores “es la única instancia competente para decidir observar o ratificar los ascensos propuestos por el referido Tribunal de las Fuerzas Armadas”.
MILITARES PIDEN RATIFICAR ASCENSOS
El 21 de mayo de 2020, los militares en uniforme de combate irrumpieron en el Senado y exigieron la aprobación inmediata de sus ascensos.
El entonces jefe de las Fuerzas Armadas, Sergio Orellana, entregó una misiva a la Asamblea Legislativa Plurinacional para que ratificara los ascensos, en la Cámara de Senadores.