Justicia amaga y dice que Legislativo cruceño decida suplencia de Camacho
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz determinó conceder la tutela a la Asamblea Legislativa Departamental para que se pronuncie sobre los supuestos de ausencia temporal en el caso del gobernador Luis Fernando Camacho.
El vocal Alain Núñez fundamentó que se está “en una situación en la que un sector político ha planteado la discusión sobre la titularidad, aun sea momentánea, de la Gobernación del departamento de Santa Cruz”, debido a la detención preventiva en que se encuentra el titular de esta dependencia pública.
En tanto, el presidente del legislativo cruceño, Zvonko Matkovic, propuso elaborar una ley por la ausencia temporal de Camacho e indicó que están a la espera de la resolución escrita de la Sala Constitucional.
“Nada está por encima del voto de las personas, quedó clarísimo que el gobernador es Luis Fernando Camacho y que no se ha incumplido ninguna norma durante su gestión”, indicó.
El vocal Nuñez sostuvo que el legislativo departamental debe establecer “los supuestos que pudiesen considerarse y los alcances de los mismos”.
“Por tanto, la Sala Constitucional Tercera (...) resuelve conceder la tutela solicitada, resolviendo que la Asamblea Legislativa Departamental en uso de sus competencias y atribuciones establecidas en la CPE, a partir del art. 277 de la Constitución y el Estatuto Autonómico de Santa Cruz, se pronuncie vía declaración o vía ley autonómica, respecto a los casos de ausencia temporal que puedan ser aplicados de acuerdo a la solicitud hecha por el accionante”, señaló Núñez.
Cuestionamientos
Ante los pedidos de complementación y enmienda de las partes, es decir, las bases que sustentan la resolución, la autoridad jurisdiccional señaló que las declaraciones constitucionales no tienen valor probatorio, sino valor interpretativo y su aplicación respecto a un caso concreto.
Plazos
Sobre el plazo en el que tiene que pronunciarse la Asamblea Legislativa Departamental, la instancia jurisdiccional dejó en claro que es tuición de esa instancia.
“Este tribunal no quiere de ninguna manera interferir en la competencia que tiene el Órgano Legislativo, puesto que es respetuoso y, además, ha sido exigente a la independencia de los órganos. Por tanto, ha señalado de que el cumplimiento de este fallo debe producirse en los plazos previstos en el estatuto autonómico”, señaló el vocal Núñez, al sostener que si la ALD en uso de sus facultades decide tratar el tema con la dispensación de trámite y resolver a la brevedad posible no interferirá.
El MAS dice que la justicia dio la razón
La bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) en el Legislativo departamental cruceño, dijo que la Sala Constitucional le dio la razón al dar la tutela a la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) sobre la situación del gobernador Luis Fernando Camacho.
Raquel Valencia, asambleísta del MAS, dijo que esto demostró que las autoridades de Creemos “han incumplido con sus deberes” y que ahora aguardarán la convocatoria a sesión.
La presión migra hacia asambleístas cruceños
Tras la decisión de conceder la tutela a la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz para que defina la permanencia o no de Luis Fernando Camacho al frente de la Gobernación, la presión se trasladó “a los asambleístas de esa región”.
“Tienen que hacer respetar la decisión soberana que se ejerció con el voto para la elección de gobernador y el gobernador de este departamento es Luis Fernando Camacho. Los asambleístas tienen que tener la valentía de hacer respetar el voto del pueblo cruceño, hacer respetar lo que eligió el pueblo cruceño en su momento”, afirmó el diputado por Creemos, Walthy Egüez.
Agregó que se tiene gobernador para rato y que en la determinación legal se tomó en cuenta que el poder constituido no puede sobrepasar al poder constituyente.
Sin embargo, Egüez manifestó que los vocales Alain Núñez Rojas y Juan Carlos Subieta se “lavaron las manos y han pateado la pelota a la Asamblea”, cuando lo que correspondía es que esa petición del MAS no debió ser admitida o en este caso rechazada.