Dos proyectos de ley establecen que los ministros censurados no sean repuestos
Ante la suspensión de las interpelaciones debido a la necesidad de contar con un instrumento que permita aplicar de manera efectiva la “censura” a un ministro de Estado, Comunidad Ciudadana (CC) planteó en el Legislativo el proyecto de ley de aplicación normativa sobre la censura, documento que tiene coincidencia con el proyecto remitido anteriormente por el presidente Luis Arce a la Asamblea Legislativa.
Tras la censura al ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo, por el caso de los autos robados, que significó su destitución y reposición en el cargo, el Legislativo dejó en pausa las interpelaciones hasta que se adecue la Ley 13560 sobre la censura a los ministros, tras el fallo del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP).
En ese contexto, el diputado Carlos Alarcón (CC) presentó el proyecto de norma sobre la aplicación de la censura, documento que establece que el Presidente no puede designar nuevamente a un ministro censurado por la Asamblea.
En su artículo 1 refiere que la necesidad del correcto “ámbito de validez y aplicación del artículo 158, respetando el tenor literal, así como el espíritu de la Norma Fundamental (Constitución)”.
La censura y destitución de Ministros “conlleva a la prohibición al presidente del Estado de volver a designar en el mismo cargo al Ministro censurado y destituido, durante todo el resto de ese periodo constitucional”, expresa en su artículo 2.
Ejecutivo
Luego de la censura de Del Castillo y su reposición en el despacho de gobierno, los legisladores de la bancada de Comunidad Ciudadana (CC) advirtieron este que el presidente, Luis Arce, envió al Legislativo un proyecto de ley para que cualquier ministro que sea censurado y destituido no pueda ser restituido en su mismo cargo dentro del período constitucional de Gobierno.
El proyecto de ley 350/2022-2023, que no fue considerado a la fecha, “determina los efectos jurídicos de la censura acordada por la ALP, en el marco de sus atribuciones constitucionales”. Fue enviado por el jefe de Estado el 19 de abril.
El artículo 3 detalla: “I. La censura tiene por efecto la remoción o destitución de la o el Ministro interpelado. II. La o el Presidente del Estado Plurinacional, en un plazo máximo de cuarenta y ocho (48) horas de conocida formalmente la decisión de la Asamblea Legislativa Plurinacional, deberá remover o destituir a la o el Ministro censurado. III. La o el Ministro censurado no podrá ser restituido en el mismo cargo, dentro del periodo constitucional”.
CC busca que las interpelaciones se reanuden
El diputado por Comunidad Ciudadana (CC) Enrique Urquidi informó que, ante la vulneración de la Constitución Política del Estado (CPE), ese partido presentó un proyecto de ley para determinar los alcances de la censura de un ministro durante un acto de interpelación.
“No vamos a aceptar que el presidente (Luis) Arce siga atropellando, siga desconociendo la CPE y siga atropellando a la Asamblea Legislativa Plurinacional. Pr lo tanto, en esa línea vamos a actuar y seguir”, dijo.