"Materializó sus intereses personales", los argumentos del fallo que ratifica 10 años de cárcel para Áñez
A más de un año de la sentencia de primera instancia, la Sala Cuarta Penal de La Paz ratificó, en apelación, la condena para Jeanine Áñez de 10 años de cárcel en el caso denominado “Golpe de Estado II” por el delito de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes.
Á ñez fue sentenciada en primera instancia en junio del año pasado por los delitos de incumplimiento de deberes y resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, bajo el entendimiento de que había asumido de manera irregular la presidencia en 2019.
En la apelación, la Sala Cuarta declaró procedente la objeción de Áñez respecto al delito de incumplimiento de deberes, pero ratificó la cuantía de 10 años de cárcel sólo por el tipo penal de resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, tomando en cuenta los agravantes.
En el criterio de la Sala Penal Cuarta, Áñez asumió un cargo que no le correspondía cuando ejerció la presidencia del Estado y no respetó la sucesión constitucional al no haberse considerado las renuncias de autoridades que le antecedían en el orden.
En 2019, Áñez era vicepresidenta segunda de la Cámara de Senadores y asumió la presidencia del Estado bajo el argumento de que las autoridades superiores habían renunciado. Pero el fallo judicial señala que en la Asamblea no se había considerado las renuncias respectivas.
En ese marco, la Sala de apelación consideró que motivación de Áñez para asumir la presidencia fue interés personal.
“… materializó sus intereses personales sobreponiendo ello, por encima del interés general de la población con el único fin de afectar el proceso democrático, además de beneficiarse con la investidura de Presidenta del Estado Plurinacional de Bolivia, lo que conllevo adquirir poder de decisión sobre cuestiones Estatales, a lo cual no se encontraba habilitada”, dice el fallo de apelación.
La Sala señaló como agravante que Áñez es abogada y conoce la Constitución y las leyes.
Según el tribunal también, en 2019 se generó un “aparente vacío de poder” y que ante esa “confusión” Áñez consideró que se le reconocería como nueva autoridad sin considerar las renuncias de las autoridades legislativas que estaban por encima de ella.
“No obró dentro de sus funciones y del alcance normativo, afectando directamente los intereses del Estado, y que a partir de dicha conducta, generó movimientos económicos del Estado de manera indirecta para satisfacer sus intereses personales de manera ilícita”, afirma el documento.
El fallo indica, asimismo, que “medidas de hecho de la ciudadanía” dieron origen a la “obligada renuncia del entonces Presidente Constitucional de Bolivia, así como del Vicepresidente, varios Ministros de Estado, Senadores y Diputados”.
Señala que ese contexto fue “aprovechado por la señora entonces senadora Jeanine Áñez para hacerse de la Presidencia de forma contraria a la Constitución, así como a las leyes, con lo que los mandos de la Policía y en este caso, militares, arbitrariamente dan cumplimiento a órdenes de autoridades de forma completamente irregular”.
Concluyó que Jeanine Áñez rompió el orden constitucional, “haciéndose de la presidencia del Estado cuando no le correspondía según sucesión constitucional”.
Agrega que las intenciones de Áñez “se basaron en la satisfacción de intereses personales al margen de aquella función que cumplía la acusada, y a consecuencia de la misma se genera movimientos económicos para fines ilícitos en desmedro del erario del Estado”.
La defensa de la exmandataria ya anunció que acudirá al Tribunal Supremo de Justicia, para presentar un recurso de casación, es decir la última etapa del proceso penal, con el objetivo de que se anule la sentencia.
Se modificó las sentencias de los otros implicados
La Sala Cuarta Penal también revisó las penas de los exjefes militares de la Policía y de las Fuerzas Armadas sentenciados en este caso, por haber colaborado con Áñez.
El general Williams Kaliman, excomandante de las FFAA, y el general Yuri Calderón que comandaba la Policía, recibieron en primera instancia 10 años de cárcel, pero en la apelación la condena se redujo a ocho años y nueve meses. No obstante, ambos fueron enjuiciados en rebeldía y su paradero es desconocido.
Los generales militares Jorge Fernández y Sergio Orellana habían recibido cuatro años de cárcel, pero en la apelación se les aumentó a seis años. Tampoco ellos están habidos para este proceso.
Entre quienes sí se encuentran detenidos, el general Pastor Mendieta tenía sentencia de tres años de cárcel y ahora se subió su pena a cinco años. El exjefe del Estado Mayor, el almirante Flavio Arce, había recibido dos años de privación de libertad, pero la Sala Cuarto también le subió la condena a cinco años.