TSJ presenta consulta de constitucionalidad al proyecto de ley para las elecciones judiciales
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) presentó este miércoles un recurso de consulta de constitucionalidad sobre el proyecto de ley 144 Transitoria para las Elecciones Judiciales, ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) con el fin de que la norma cumpla con la Constitución Política del Estado (CPE).
Según el reporte del Correo del Sur, el documento fue presentado por el presidente del TSJ, Ricardo Torres con la autorización de la sala plena de esa entidad judicial. Con este recurso corre el riesgo que el proceso se paralice nuevamente, tomando en cuenta que el TCP debe emitir una resolución.
El 6 de septiembre, la comisión de constitución de la Cámara de Diputados dispuso la remisión del proyecto de ley en consultas a seis instituciones: los ministerios de Economía, Planificación del Desarrollo y de Justicia, además del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y Consejo de la Magistratura para que respondan sobre la posibilidad de realizar las elecciones judiciales y conocer si existe el presupuesto para su ejecución.
En caso de que el recurso legal sea admitido, el tratamiento del proyecto de ley transitorio en el Legislativo se suspenderá hasta que el TCP emita una resolución, se estima un plazo de al menos 30 días hábiles.
En ese sentido, el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS) Juan José Jáuregui y presidente de esa comisión dijo que hasta el momento ninguna de esas instituciones hizo llegar sus respuestas a esa instancia legislativa. Tenían un plazo de 10 días para que en bien una respuesta.
"Lastimosamente a la fecha no han llegado aún las respuestas de las seis instituciones, el día de ayer personalmente hemos realizado gestiones para hacer conocer las conminatorias a las distintas instancias, para que a la brevedad posible puedan remitirnos los informes e iniciar el tratamiento", afirmó
A finales de agosto el pleno de la Cámara de Senadores aprobó el proyecto de ley 144 que establece los plazos para el desarrollo del proceso: la Asamblea Legislativa tiene 45 días para realizar la preselección de los candidatos a magistrados, mientras que el Órgano Electoral tiene 90 días en el que deberán organizar la votación.