CIDH dice que la reparación debe ser para todas las víctimas de la crisis 2019
El primer Informe Meseg Seguimiento a las recomendaciones del GIEI-Bolivia, dado a conocer por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), señala que el Estado “no considera a todas las víctimas de entre septiembre y noviembre de 2019” para una “reparación integral”. Además, los procesos por hechos de violencia y otros del periodo referido no muestran avances sustanciales. En tanto, los representantes de las víctimas demandan una ley que garantice la reparación.
De acuerdo con el informe, la Comisión para constituir su análisis trabajó con datos entregados por el Estado y la sociedad civil, oportunidad en que tomó nota de la aprobación y el contenido de la “Política Plurinacional de Reparación Integral para Victimas de Graves Violaciones a Derechos Humanos en Periodos de Gobiernos Inconstitucionales”.
La reparación integral puede incluir medidas de compensación pecuniaria, restitución, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición, aspecto que debe ser aplicado a las víctimas de organismos del Estado y de otros actores.
“En relación con los actores que participaron del proceso de diseño de la Política de Reparación, cabe resaltar la necesidad de incluir a todas las personas y sus asociaciones que han sido señaladas como víctimas (...) es fundamental fortalecer el diálogo con aquellas personas que aún no han sido incluidas, tales como personas relacionadas a los hechos en el Puente de la Amistad y barrio Cofadena en Montero, a las personas afectadas en los denominados Caravanas del Sur (Vila Vila y Challapata), a exvocales departamentales, perseguidos políticos o criminalizados arbitrariamente, entre otros”, dice el reporte.
Agrega que para la CIDH, esta situación puede generar cuestionamientos sobre la legitimidad de diseño de la Política de Reparación.
Ayuda y registro
Dentro del análisis de la mesa de seguimiento, se menciona que a la fecha no se ha realizado la reparación integral y que todo lo establecido por los decretos supremos 4100 y 4176, respecto a apoyo alimentario, en educación, en el aspecto laboral y otros, se constituyen en “asistencia humanitaria”.
Es decir, se otorgaron becas de estudio, paquetes alimentarios a través de Emapa, pero se cuestiona que no se ofrezca ayuda psicosocial.
“La Comisión destaca que las medidas implementadas en el marco de los decretos de asistencia humanitaria referidos no deben ser contemplados como una reparación per se, ya que éstos fueron creados para la adopción de medidas urgentes, de acuerdo con el contexto y necesidades inmediatas identificadas”, dice el informe.
Asimismo, “la CIDH considera oportuno hacer hincapié en la necesidad de que el registro o censo respectivo incluya a todas las víctimas relacionadas al periodo de violencia (septiembre y noviembre 2019), incluyendo a aquellas que se vieron afectadas a partir hechos anteriores a la respectiva sucesión presidencial”.
Procesos
Otra parte del documento refiere a casos de violencia contra Pablo Villarroel, la muerte de Miguel Ledezma y la agresión a Patricia Arce.
También se menciona a víctimas fatales y heridos en la zona sur de La Paz, ataques contra la vida o integridad de personas: Julio Llanos, Waldo Albarracín y Casimira Lema. Afectación de bienes públicos en La Paz y El Alto, personas detenidas en El Alto, ataque a las caravanas del Sur, Vila Vila y Challapata, violencia en Betanzos, Yapacani y Montero, de manera particular Sacaba y Senkata.
“De la revisión de esta información, la CIDH verifica la demora de muchos de esos procesos, así como la falta de líneas investigativas claras. Igualmente, la Comisión observa que, por un lado, en los procesos investigativos que el GIEI Bolivia identificó, respecto de violaciones a los derechos humanos, habría aún un número grande de personas no sentenciadas y por otro lado, que, en los casos de persecución judicial, habría personas criminalizadas que aún no habrían sido absueltas”.
Agrega que la CIDH identifica que el Estado no aportó información respecto de la acumulación o estudio de casos en su conjunto.
Información insuficiente
En el informe, la Comisión valora la disposición del Estado para implementar medidas en aras de agilizar los procesos, pero no cuenta con información suficiente que le permita concluir que el Ministerio Público ha realizado una revisión escrupulosa de todos los casos en curso o cerrados.
“La CIDH no recibió ninguna información que señale que el Ministerio Público hubiese determinado cuáles casos con denuncias rechazadas, archivados o sobreseidos deben ser reactivados, ni cuáles actos deben ser anulados o corregidos por haber implicado vulneraciones a los derechos de las personas imputadas y procesadas”, indica el documento.
Cuestionan al Ministerio de Justicia
“Lo único que quiere el Ministerio de Justicia es hacer el registro o censo sólo de las víctimas directas, es decir, de los familiares de los fallecidos: sólo la viuda, la madre o el padre y nadie más, ahí no entran los huérfanos”, señaló el representante de las víctimas de Senkata, David Inca, al hacer referencia a los problemas de las “víctimas indirectas” para obtener la reparación integral.
“El informe de la GIEI habla de dos tipos de víctimas: las directas e indirectas. También habla de dos tipos de daño: el material y el inmaterial, y lo único que le interesa al Ministerio, nos quieren obligar que solamente se trabaje con el tema de daño material”, denunció Inca.