Ven que Camacho agotó las vías jurídicas para seguir en el cargo
Los correligionarios del gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, no tienen más recursos judiciales “ordinarios y extraordinarios” para frenar la sucesión del vicegobernador Mario Aguilera; caso contrario, son pasibles a procesos penales, señalaron dos especialistas. La Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz emitió, el pasado 29 de diciembre, la Resolución Constitucional (RC) 1021/2023-S4 que dispone que Aguilera supla de forma temporal a Camacho. El abogado constitucionalista Eusebio Vera reiteró que las resoluciones del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) son inapelables y ahora toca que Aguilera pida el cumplimiento la RC 1021/2023-S4 en un plazo de 72 horas.
En caso de incumplimiento, puede iniciar procesos penales en contra de las altas autoridades de la Asamblea Legislativa Departamental (ALD) de Santa Cruz por incumplimiento de resoluciones constitucionales.
En este contexto, ayer la bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS) presentó una “queja” ante la Sala Constitucional Tercera de Santa Cruz para que dé cumplimiento a la RC 1021/2023- S4 que dispone “que el presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de Santa Cruz y el vicegobernador promuevan la suplen temporal mientras dure el impedimento de Luis Fernando Camacho Vaca”.
Para evitar dar cumplimiento a la sentencia, Zvonko Matkovic y la Gobernación presentaron recursos de complementación y enmienda a la sentencia ante el TCP; sin embargo, el principal ente de control constitucional los rechazó y mandó cumplir con la suplencia temporal. No obstante, Matkovic respondió que la sentencia es de “imposible cumplimiento” porque, además, omitió la Ley departamental 293 que regula la suplencia de gobernador y que se aplica sólo para que un asambleísta asuma el cargo de gobernador y no el vicegobernador.
Los asambleístas del MAS solicitaron, además, a la Sala Constitucional Tercera que remita “al Ministerio Público todos los obrados” por el incumplimiento de Matkovic a la sentencia que, por mandato del artículo 203 de la Constitución Político del Estado (CPE), es de “carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio”.
El analista Juan del Granado lamentó la crisis política generada en Santa Cruz “digitada por el Gobierno del MAS con el secuestro de Camacho que fue la principal causa del deterioro de la oposición”.
El artículo 17 del Código Procesal Constitucional, referido al cumplimiento de resoluciones, señala que el “Tribunal Constitucional Plurinacional y las Juezas, Jueces y Tribunales de garantías constitucionales adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones”