Expertos: Desacato al fallo que anula judiciales es legal, pero prematuro
El desacato al fallo de una sala constitucional de Pando que anula el proceso de las elecciones judiciales es prematuro y riesgoso, pero es viable y legal porque existe el respaldo de la ley de organización de elecciones que pasó por una revisión de constitucionalidad; señalaron analistas.
El presidente del Senado, Andrónico Rodríguez, respaldó el miércoles el desacato del fallo de la sala constitucional de Pando a favor de una acción popular que dejó sin efecto el proceso de las elecciones judiciales.
El abogado constitucionalista y exmagistrado Marco Antonio Valdivieso aseguró que la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) puede desacatar o desconocer las sentencias de los tribunales de garantía porque son contrarios a la Constitución Política del Estado (CPE).
“Como son contrarios a una norma superior, el Legislativo puede aplicar la CPE y la ley que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) aprobó y dar continuidad al proceso de selección de los postulantes”, señaló Valdivieso.
Explicó que se trata de la aplicación “preferente prevalente de las normas que sí tienen vigencia, comparándolas con las decisiones inconstitucionales, improvisadas, irracionales de los vocales de las salas constitucionales”.
Valdivieso insistió en que el TCP revisó y aprobó la ley de convocatoria a elecciones judiciales y se “ha establecido que no es incompatible con la CPE; por lo tanto, ningún juez ni el propio TCP puede dejar sin efecto una decisión asumida”.
Sobre el tema, la jurista independiente y abogada constitucionalista Kathia Saucedo señaló que los postulantes que sienten que sus derechos fueron vulnerados pueden presentar acciones de defensa, pero calificó de excesiva la acción popular que dejó sin efecto todo el proceso de elecciones judiciales.
Prematuro
Saucedo cuestionó que pasaran por encima de la ley de organización de elecciones judiciales, mencionó que podía haberse paralizado la etapa de calificación de manera temporal. “Inaplicaron una ley”, sentenció.
Calificó de prematuro y riesgoso el desacato del fallo de la sala constitucional de Pando. Mencionó que hay recursos pendientes y se debe esperar el fallo del TCP.
La jurista señaló que la ALP no tiene la capacidad de “obligar” a mujeres e indígenas a postularse a las elecciones judiciales, aunque existan acciones populares u otros recursos; por lo tanto, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) tendrá que considerar estos aspectos ajenos al Legislativo.
Informe de las comisiones
Las comisiones mixtas de Constitución y Justicia Plural dejaron en manos del presidente nato de la Asamblea, David Choquehuanca, el futuro de las elecciones judiciales, luego de enviarle sus respectivos informes y pedirle que convoque a sesión del pleno del Legislativo.
La convocatoria a sesión del pleno debe realizarse lo más pronto posible —hoy o, máximo, hasta la próxima semana— para que se defina si se continúa con la preselección de candidatos judiciales o se reinicia el trabajo.