Plantean siete restricciones o bloqueos para los deudores de asistencia familiar
El proyecto de ley 055 plantea que los padres o madres que no cumplan con el pago de la asistencia familiar de sus hijos por tres meses serán pasibles a ingresar a un registro nacional de deudores mediante el cual serán “bloqueados” en al menos siete servicios de instituciones del Estado y no podrán tramitar su pasaporte, casarse, hacer transacciones bancarias, comprar o vender bienes inmuebles, entre otros.
El pasado 31 de enero, a Comisión de Derechos Humanos, aprobó en su estación en grande y el detalle el Proyecto de Ley N° 055 “De Registro de Deudores de Asistencia Familiar” que busca asegurar un seguimiento efectivo de los pagos de las cuotas de asistencia familiar y tomar medidas contra aquellos que acumulen deudas en este ámbito.
“Esperemos que nuestros colegas diputados nos apoyen en la aprobación de este proyecto de ley en pleno y podamos quizá ya, hasta el ‘Día del Niño’, aprobada y promulgada esta ley en favor a nuestros niños, niñas y adolescentes del país”, dijo la presidenta de Derechos Humanos en la Cámara de Diputados, Olivia Guachalla.
El Viceministerio de Igualdad de Oportunidades impulsa el proyecto y será esta instancia la que administre este sistema de registro. “En otros países ya se está aplicando este sistema para el cumplimiento de asistencia familiar, lamentamos que hoy en día también sea otra crítica el acceso a la justicia porque una cosa es que ya te hayan determinado un monto de asistencia familiar y otras que todavía no puedas acceder con una instrucción de juez de familia”, dijo la diputada.
Son al menos siete restricción que plantea el proyecto de ley.
No podrán ejercer ningún cargo público
No podrán ser funcionarios
Cualquier padre o madre que tenga más de tres meses de deudas en la asistencia familiar, no podrá ejercer ningún cargo público, ni podrá trabajar en alguna institución publica.
RETENCIÓN DE PROPIEDADES
Medidas cautelares patrimoniales
El Registro Público de Derechos Reales, una vez realizado el registro del derecho propietario correspondiente, deberá consultar en el Registro Nacional de Deudores de Asistencia Familiar (Renaf) si la o el titular del registro de propiedad se encuentra inscrito como deudora o deudor de asistencia familiar.
La autoridad judicial de oficio emitirá la orden judicial de medidas cautelares patrimoniales para asegurar el pago de la deuda de asistencia familiar.
REQUISITO PARA CONTRAER MATRIMONIO
No podrán casarse
La mujer y el hombre que pretendan constituir un matrimonio se presentarán personalmente, o bien uno de ellos por medio de representante legal con poder especial notariado, ante el Oficial de Registro Cívico expresando su identificación, lugar y fecha de su nacimiento, profesión u ocupación, filiación, estado civil y su voluntad de casarse.
A momento de presentar la manifestación para el matrimonio, el Oficial de Registro Cívico verificará la existencia de un registro de la o el contrayente como deudor en el Renaf.
EMISIÓN DE PASAPORTE
Les retendrán el pasaporte y no podrán salir del país
Para la emisión de pasaportes corrientes, la Dirección General de Migración verificará en el Registro Nacional de Deudores de Asistencia Familiar (Renaf), si la o el solicitante tiene registro en calidad de deudora o deudor, en caso de existir el mismo, la emisión del documento de viaje se realizará una vez se cancele el registro en el Renaf.
Se hará un control estricto que no pueda salir del país hasta que se ponga al día con las deudas acumuladas de la asistencia familiar.
PROGRAMAS Y PROYECTOS SOCIALES
No podrá acceder o emprender un negocio financiado por el Estado
Para acceder a planes, programas y proyectos sociales aprobados y financiados por el Estado, se debe incluir como un requisito más para la postulación el no tener registro vigente en el Registro Nacional de Deudores de Asistencia Familiar (Renaf) como deudora o deudor de asistencia familiar.
Las o los deudores en asistencia familiar no podrán iniciar un emprendimiento si están en la lista del Renaf, no podrán acceder a ningún financiamiento bancario para el capital.
RESTRICCIÓN SERVICIOS FINANCIEROS
No podrá realizara cualquier transacción bancaria
Las entidades de intermediación financiera incorporarán dentro de su evaluación crediticia, la información en el Registro Nacional de Deudores de Asistencia Familiar (Renaf), para la otorgación de créditos.
La ciudadana o el ciudadano que tenga pendientes con la asistencia familiar o que no haya cumplido no podrán realizar ninguna transacción financiera en ninguna entidad, debido a que el nombre saldrá alertando hasta que cancele el monto adeudado.
RETENCIÓN DE PAGOS EN EL SISTEMA
Habrá retencion de sueldos
El Senasir, la Gestora, la Entidad Pública de Seguros y las Entidades Aseguradoras que administran Seguros Previsionales, de forma previa al pago de cualquier prestación o beneficio de la Seguridad Social de Largo Plazo y del Sistema de Reparto, deben consultar en el Registro Nacional de Deudores de Asistencia Familiar (Renaf), si la o el asegurado o derechohabiente tiene algún registro por deuda de asistencia familiar se hará la retención del sueldo hasta que se cancele la deuda..