Sepa qué pasará si se aplica el art. 40 por el caso de Sport Boys
La Comisión Técnica de la Federación Boliviana de Fútbol (FBF) aún no ofreció un comunicado oficial sobre qué sucederá con el partido entre Real Potosí y Sport Boys, que debió disputarse el sábado en la Villa Imperial y que no se llevó adelante, porque el equipo de Warnes no se presentó.
El sábado Marco Rodríguez, vicepresidente de la FBF, aseguró a medios paceños que se esperaba una justificación de la aerolínea para determinar la ausencia de Sport Boys en Potosí, si es que fue o no de fuerza mayor para que se aplique o no el artículo 40 del Código Disciplinario de la FBF.
Dicho artículo señala que si un club no se presenta a un partido oficial perderá la categoría y todos los puntos obtenidos. Pero además estipula que se descontarán los puntos obtenidos por sus contendientes.
Eso significa una modificación no sólo en la tabla del torneo Clausura, en el que Wilstermann y The Strongest terminan empatados a 54 puntos en la punta´, sino también cambios en la tabla acumulada para la repartición de los premios internacionales y el tema del descenso.
De aplicarse el artículo 40, Wilstermann y The Strongest terminan empatados en la punta con 54 puntos, motivo por el que debería disputarse un partido en terreno neutral por el título y el cupo como Bolivia 2 a la Copa Libertadores.
The Strongest no tardó en reaccionar y solicitó al Tribunal de Justicia Deportiva aplicar la normativa y que se pronuncie de manera urgente.
Pero la respuesta por parte del Rojo fue más contundente: a través de su presidente, Gróver Vargas, en diálogo con el Panamericano Deportivo señaló: “Wilstermann si se hace esa atrocidad prefiere salirse del ente liguero, porque no vamos a permitir que se nos atropelle con argucias”.
Wilstermann el sábado festejó su título número 15 en el fútbol profesional boliviano y, con ello, la clasificación a la Copa Libertadores como Bolivia 2, que otorga un premio de 3 millones de dólares, suma que The Strongest no está dispuesto a renunciar.
“Las cosas son claras, los reglamentos son para cumplirlas, no son para pensar que si nos conviene o nos conviene, se aplica o no se aplica. Esos artículos no merecen análisis, sino son de ejecución de acuerdo a la norma”, dijo Ronald Crespo, segundo vicepresidente de The Strongest, quien aseguró que lo único que hace la dirigencia atigrada es “defender a nuestra institución, de acuerdo a lo que dictan las normas. No podemos omitir el pedido”.
Pero además sostuvo que “no tenemos nada que ver con que el equipo mencionado (Sport Boys) no se haya presentado a jugar en Potosí”, en respuesta a las declaraciones de Vargas, sobre que el presidente de la FBF, César Salinas, está tratando de beneficiar a su exclub (The Strongest) con este tema, porque manifestó que Sport Boys recibió el viernes la carta de la FBF, en la que se le informaba que no recibiría la Licencia de Clubes y, por lo tanto, no podría competir el 2020.
Según Vargas, esta carta fue entregada por el estudio jurídico Hassenteufel a la FBF el 11 de diciembre y la federación esperó hasta el viernes 27 para mandarla a su destinatario.
Pero si se aplica el artículo 40, este no afectaría sólo a Wilstermann, sino también a otros equipos.
“Tendrá (César Salinas) el repudio de todo el pueblo boliviano, porque con eso también lo sacaría a San José de la Copa Libertadores y Aurora nuevamente estaría en el descenso indirecto, realmente barbaridades de talle mayor por favorecer a alguien”, dijo Vargas.
En el fútbol boliviano ya sucedió que un equipo no se presentó a un partido oficial: Guabirá ante Aurora, en Aiquile. El equipo azucarero no fue descendido y continuó jugando. No se aplicó el artículo 40.
2 opciones quedan. La FBF tiene sólo dos opciones o aplicar el artículo 40 o reprogramar el partido entre Real Potosí y Sport Boys.
NORMATIVA
1. Faltas cometidas contra el espectá-culo deportivo, art. 40 (Inconcurrencia a partido oficial)
El equipo de fútbol profesional que sin causa de fuerza mayor justificada no se presentare a disputar un encuentro oficialmente programado, será sancionado con la pérdida de su categoría.
Los puntos que hubiese obtenido serán anulados y los obtenidos por sus contendientes serán descontados, de igual forma los goles convertidos. Se consideran causas de fuerza mayor justificada conflictos sociales, tales como: bloqueos, huelgas nacionales o departamentales, paros cívicos, conmoción civil o militar, paros decretados por servicios de transporte en general, que impidan a los equipos trasladarse al lugar donde deba disputarse el partido y otros que serán considerados por la Comisión Técnica y el Comité Ejecutivo de la LFPB y ANF.
Igual sanción se aplicará al equipo que abandonare el campeonato. Para los efectos del puntaje y goles convertidos, se aplicará lo dispuesto en el primer párrafo. Para los equipos de las Asociaciones Departamentales se aplicará lo dispuesto en su reglamento de campeonato
2. Convocatoria al torneo Clausura
El artículo 11 de la Convocatoria del Campeonato Clausura 2019 señala que “en caso de que dos equipos empaten en puntos en el primer lugar se aplicará el artículo 40 inciso b) del Reglamento General del Campeonato”, que estipula “la realización de un partido en terreno de juego neutral. De persistir el empate se determinará la ejecución de lanzamientos desde el punto penal de acuerdo a las reglas de la International F. A. Board”.