Cuidar las formas en las relaciones diplomáticas
En toda circunstancia, los jefes de Estado o de Gobierno no pueden ni deben inmiscuirse en asuntos de política interna de otros países. No solamente porque es impropio de la alta dignidad que ostentan sino porque cada país en el marco de su soberanía debe ser respetado, independiente de su tamaño, fortaleza de su economía o número de habitantes. Si los Estados son soberanos e iguales el respeto a su soberanía no debería estar en entredicho.
Aún se percibe que un trato diferenciado, incluso en las relaciones diplomáticas tiene que ver con la categoría e importancia hemisférica de cada país. Uno pequeño, como Ecuador, signado como exportador de materias primas y con una lucha desigual con el crimen organizado y el narcotráfico se ha visto recientemente bombardeado por una suerte de descalificaciones políticas de la máxima autoridad de México, país tradicionalmente acogedor y generoso.
Esto ha sucedido de la mano de la defensa irrestricta sostenida por el presidente de México, López Obrador con relación a la solicitud de asilo político presentada por el exvicepresidente de Ecuador, Jorge Glas, sobre quien pesan dos condenas por corrupción y se encuentra en proceso de investigación judicial por casos similares.
El asilo político, figura potenciada desde el derecho internacional humanitario, es un mecanismo de protección a la integridad física de opositores a regímenes antidemocráticos y, según los portavoces del Gobierno ecuatoriano, su aplicación no correspondería en el caso del ciudadano mencionado.
Los hechos en relación con el desafortunado incidente la incursión de la Policía ecuatoriana a los recintos diplomáticos de la embajada de México en Ecuador son de dominio público y no es preciso entrar en pormenores. Lo que sí es importante es incidir en que la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, pese a ser una normativa internacional de antigua data — entró en vigor el 24 de abril de 1964— deja en claro que “los locales de la misión (diplomática) son inviolables.
Por otra parte, ese concepto, que se fundamenta en el principio de soberanía e igualdad entre Estados, sustento de las relaciones diplomáticas, es uno de los baluartes de la Convención de Viena, al ser uno de los principios rectores de la diplomacia.
El artículo 22 de la convención citada lo enuncia con claridad:
“1. Los Locales de la Misión son inviolables. Los agentes del Estado receptor no podrán penetrar en ellos sin consentimiento del jefe de la misión.
2. El Estado receptor tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas adecuadas para proteger los Locales de la Misión contra toda intrusión o daño y evitar que se turbe la tranquilidad de la Misión o se atente contra su dignidad”.
Lo que ha acontecido, en el caso de los diplomáticos mexicanos es que respondieron a las directrices emanadas por la secretaria de Relaciones Exteriores de México y del presidente de su país.
Finalmente, el Estado ecuatoriano a través del vicecanciller Alejandro Dávalos explicó, en la reunión convocada por la OEA el 9 de abril, que la irrupción en la embajada mexicana, obedeció al peligro de fuga de Jorge Glas, requerido por la justicia ecuatoriana.
Más allá de las repercusiones que el impasse diplomático entre Ecuador y México ha ocasionado para las relaciones bilaterales entre ambos países, es importante destacar que el diálogo conciliador es la única salida en aras de preservar la unidad latinoamericana.
En ese espíritu, bien lo decía el primer presidente indígena de América, Benito Juárez, “El respeto al derecho ajeno es la libertad y la paz”, Y cada país puede aducir la legitimidad jurídica de su accionar en la difícil ecuación de poder que se puede dar desde diferentes posicionamientos ideológicos y políticos.
La autora es docente titular de la UMSA e internacionalista
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